Carta Notarial

Carta Notarial

La Carta Notarial es un medio formal mediante el cual el Notario da fe del envío, entrega o intento de entrega de una comunicación dentro de los límites de su jurisdicción, dejando constancia de lo ocurrido durante la diligencia.

Beneficios

  • Otorga fecha cierta al envío y diligenciamiento de la carta.
  • Deja constancia de lo ocurrido en la notificación, por ejemplo:
    • Si la carta fue recibida.
    • Si no se encontró a ninguna persona en el domicilio.
    • Si fue dejada bajo puerta u otra circunstancia.
  • Tiene plenos efectos legales como medio de notificación.

Requisitos generales

  • La carta debe llevar en la parte superior el título “Carta Notarial”
    • No debe denominarse como carta de renuncia, carta de aviso, carta de embargo u otros.
  • Carta debidamente firmada, indicando el domicilio del remitente, en original y dos copias.
  • Tres (03) juegos originales de la carta notarial.
  • Nombre completo y dirección precisa tanto del destinatario como del remitente.
  • Si el destinatario es una empresa, se deberá indicar el nombre de una persona natural (representante, apoderado u otro).
  • La dirección del destinatario debe ser clara, detallada y exacta.
    • De ser necesario, se deberá consignar o adjuntar una referencia.
  • Los anexos que acompañen la carta deberán presentarse en copia.
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